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Las denominaciones geográficas de calidad están reguladas por la Unión Europea. Son las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), los Vinos de la Tierra y las diferentes categorías de Vinos de Calidad Producidos en una Región Determinada (VCPRD).
Se considera artesanía alimentaria la actividad de elaboración, manipulación y transformación de alimentos cuyo proceso de elaboración garantiza al consumidor un producto final individualizado y con características diferenciales, obtenido gracias a las pequeñas producciones controladas por la intervención personal del artesano.

La producción ecológica también está regulada por la Unión Europea y se caracteriza, esencialmente, por utilizar en los procesos productivos técnicas y materias primas naturales, sin la participación de productos químicos de síntesis y respetando los ciclos de la naturaleza y el equilibrio biológico.

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También la Unión Europea define la Especialidad Tradicional Garantizada (ETG) como un alimento con características específicas derivadas de la utilización de materias primas tradicionales, de su composición tradicional o de haber sido producido de una forma tradicional. Esta figura no hace referencia al origen geográfico del alimento. Es el caso, por ejemplo, del Jamón Serrano.

La producción integrada es un sistema de producción medioambientalmente sostenible, constituido por un conjunto de técnicas que aseguran la conservación y mejora de la fertilidad del suelo y de la biodiversidad mediante métodos biológicos, químicos y técnicos que compatibilizan la protección del medio ambiente y la rentabilidad agraria con las demandas sociales.

Las marcas de calidad alimentaria son marcas comerciales creadas por el Gobierno de Aragón para su utilización exclusiva en alimentos con características especiales de calidad fijadas en un reglamento específico.

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